República (Res publica) 509- 27a. C.
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Representación del interior de la Curia Hostilia, en el foro romano, con los senadores |
En este período de la historia del pueblo romano las principales instituciones que regían el poder de Roma fueron el senado, el consulado y los comicios.
Senatus: representaba la máxima autoridad. En principio sólo estaba compuesta por patricios (llamados patres conscripti), aunque ,posteriormente, se admitieron a los plebeyos. Sus cometidos eran la observación de los deberes religiosos, la gestión de las finanzas, el control de la política exterior y el gobierno de las provincias. Para ser senador era preceptivo haber cumplido 46 años. Sus decisiones quedaban plasmadas en los llamados senatusconsultus, es decir, decretos del Senado.
Consules: las más altas magistraturas. El consulado estaba formado por dos cónsules que detentaban durante un año funciones administrativas, judiciales y militares. En casos excepcionales, el senado podía nombrar a uno de ellos dictator con plenos poderes que se prorrogaban durante un tiempo máximo de 6 meses.
Comitia: los comicios eran sistemas de asambleas. Los había de tres tipos.
- curiata: los curiados, de origen monárquico, formados por patricios. Sus competencias eran de tipo religioso.
- centuriata: los centuriados, elegían a los magistrados y votaban determinadas leyes. Su nombre se debe a la división de las clases sociales de época monárquica en grupos de cien individuos, las centurias.
- tributa: los tributos, formados por plebeyos. Se encargaban de elegir a los magistrados menores.
El sistema político republicano
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Mosaico que representa a la Loba capitolina amamantando a Rómulo y Remo y debajo las siglas que representan el poder en época republicana. |
Una magistratura era el cargo con el que se investía a un ciudadano romano para desarrollar determinadas funciones relacionadas con la dirección y administración del Estado. En época republicana la autoridad se ejercía en nombre del Senado romano (S.P.Q.R Senatus Populusque Romanus, "el Senado y el Pueblo romano).
Los magistrados encarnaban el poder ejecutivo. Tenían las siguientes características:
-potestas: capacidad para actuar de forma administrativa y ejecutiva.
- imperium: exclusivo de los cargos más elevados, consistente en la capacidad de ejercer con autoridad el poder militar.
- excepto la dictadura, eran colegiadas (de collega " gobernar conjuntamente"), es decir, estaban formadas por más de una persona.
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Organización del Estado romano durante la República |
- electividad: el acceso a cada una de las magistraturas se efectuaba por medio de las diferentes asambleas del pueblo.
- temporalidad: los cargos se detentaban por una extensión de un año, excepto la censura que era de 18 meses y la dictadura, como se ha comentado más arriba, de 6 meses.
- no son remuneradas: es decir, por ocupar una magistratura no se recibía salario alguno, por lo que sólo eran accesibles a personas con altos ingresos.
El desempeño de estos cargos públicos estaba reglamentado y escalonado en una carrera que se conocía como cursus honorum (literalmente "la carrera de los honores").
Éstas eran las magistraturas ordinarias
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Imagen que representa el cursus honorum |
- Quaestor: responsable de las finanzas y de pagar al ejército. Nadie podía ser cuestor antes de los 31 años.
- Aedilis: responsables de la administración municipal (orden público, control de espectáculos, organización de los juegos). Eran cuatro: dos plebeyos y dos curules (es decir, patricios). Nadie podía ser edil antes de los 37 años.
- Praetor: administraba la justicia. Había dos, el urbanus (encargado de la justicia en la ciudad) y el peregrinus (impartía la justicia entre un ciudadano romano y un extranjero o entre extranjeros). Nadie podía ser pretor antes de los 40 años.
- Consul: peldaño más alto. Había dos, detentaban el imperium domi militiaeque (el poder civil y militar en períodos de paz y de guerra), convocaban y presidían el Senado y los comicios o asambleas; estaban al frente del ejército y daban nombre al año. Nadie podía ser cónsul antes de los 43 años.
Magistraturas extraordinarias:
- Censor: clasificaban a los ciudadanos en los distintos censos, reunían al Senado y velaban por salvaguardia de las buenas costumbres. Eran dos elegidos cada cinco años entre los antiguos cónsules. No poseían el imperium.
- Tribunus plebis: el tribunos de la plebe, extraído de entre los ciudadanos plebeyos, convocaban los comicios o asambleas. No tenían imperium, pero sí derecho de veto (ius intercessionis) frente a todos los magistrados, de ahí su gran poder. Sus funciones quedaban dentro del recinto de la ciudad y nunca sobre el ejército. Nadie podía ser tribuno antes de los 34 años.
Magistraturas de carácter excepcional:
- Dictator: sólo cuando se proclamaba el estado de emergencia o de excepción y durante un período máximo de 6 meses. El dictator asumía entonces todos los poderes, menos los del tribuno de la plebe.
- Interrex: el interrey era designado por el Senado para desempeñar las magistraturas de más elevado rango durante un período de 5 días en que quedaban vacantes.